Material de apoyo

Simulador: Calcule el prepago de un crédito

Debe completar todos los datos. Conozca las recomendaciones de uso.

Recomendaciones de Uso

1.- Asegúrese de conocer con exactitud los datos solicitados ya que de ello depende la calidad del resultado que obtenga.

2.- Recuerde que el monto adeudado al Banco incluye además de la cantidad entregada, impuestos, gastos notariales y cualquier otro ítem pactado por las partes.

3.- Si mantiene dudas acérquese al Banco.

4.- Antes de concretar su prepago, solicite la tabla de desarrollo y la liquidación de prepago de su crédito en el Banco.

Supuestos

1.-La deuda debe estar al día.

2.- No considera la opción de meses de no pago.

3.- Sólo para créditos de consumo en pesos.

4.- Se consideró que los meses son de 30 días y el año de 360 días.

5.- El primer vencimiento es a 30 días. En este cálculo no se consideran los feriados

6.- El crédito fue otorgado después del 26-06-2004.

7.- Se basa en los términos establecidos en el artículo 10 de la ley 18.010 para operaciones cuyo monto sea inferior al equivalente de 5.000 UF.

  • Derecho irrenunciable del deudor en abonos superiores al 20% de lo adeudado. De lo contrario necesita consentimiento del acreedor.
  • Incluye el capital que desea prepagar.
  • Incluye los intereses devengados a la fecha del prepago.
  • Incluye la comisión de prepago que equivale a un mes de intereses sobre el capital que se prepaga si se trata de operaciones no reajustables.

Notas

1.- El pago anticipado es un derecho irrenunciable del deudor siempre que se trate de operaciones de crédito de dinero inferiores a un monto equivalente a 5000 UF y que el abono a realizar sea superior al 20% de lo adeudado, junto a las demás restricciones establecidas en el artículo 10 de la Ley 18.010.

2.- Si su operación es inferior a 5.000 UF la comisión de prepago es de un mes de intereses sobre el capital que se prepaga. Si la operación es superior a 5.000 UF consulte la cláusula respectiva en el documento que firmó para conocer el costo.

3.- El banco debe indicar los documentos que necesita para hacer el prepago.

4.- Los bancos tienen un plazo de 10 días hábiles para entregar el certificado de liquidación y 5 días hábiles para entregar certificado que le exonera proporcionalmente del pago de Impuesto de Timbres y Estampillas en operaciones de refinanciamiento, de acuerdo a la Circular N° 3.511.

5.- Tenga presente que los valores indicados en esta herramienta son meramente referenciales.

6.- Esta herramienta permite calcular prepagos inferiores al 20% de lo adeudado, sin embargo, debe tener presente que en la práctica, el deudor necesitará el consentimiento del acreedor para realizar un pago anticipado en estas condiciones. Esta calculadora no le permitirá realizar prepagos inferiores al valor de una cuota.

7.- En caso de prepagos parciales, esta herramienta parte de la base que el saldo insoluto se pagará manteniendo el número de cuotas pactado originalmente y disminuyendo su valor. En la práctica, también puede disminuirse el número de cuotas manteniendo el valor originalmente pactado. Verifique las condiciones acordadas por las partes.